Hasta hace tan solo unas escasas semanas, enviar paquetes desde cualquier país de la Unión Europea al Reino Unido, y viceversa, contaba con la normalidad característica de los años previos al Brexit. Desde el 1 de enero de 2021 el escenario es completamente distinto, tras originarse el Acuerdo de Retirada entre Reino Unido y la Unión Europea, son muchas las empresas y negocios que se encuentran ante una situación de incertidumbre llena de interrogantes en relación con los envíos hacia Reino Unido.

Desde DPDgroup y SEUR llevamos años trabajando y anticipándonos a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, lo que nos ha permitido llegar a este punto completamente preparados para operar de acuerdo con la nueva normativa e informar adecuadamente a nuestros clientes. Por un lado, nos encontramos ante los usuarios que adquieren productos en el Reino Unido y desean importarlos a España. Por el otro, las empresas que comercializan sus productos hacia dicha nación.

En esta entrada ponemos el foco de atención en los principales aspectos que debe saber toda empresa española que desea exportar a Reino Unido. Fundamentalmente, las exportaciones realizadas deben administrarse de igual forma que lo hacen hacia el resto de los países no pertenecientes a la Unión Europea.

Comenzando con la información y datos obligatorios que las empresas deben proporcionarnos para exportar al Reino Unido, nos encontramos con la descripción de la mercancía y código de clasificación, valor de los bienes exportados, origen de fabricación de dichos bienes, la dirección del remitente y número EORI en la UE y / o Reino Unido, y la dirección del receptor y su número de teléfono.

¿Qué es el número EORI? Se trata de un con el que las empresas deben comenzar a familiarizarse, y hace referencia al número de registro e identificación de operador económico. Aquellas empresas que hasta ahora no operasen fuera de la Unión Europea, deben hacerse con este número para poder exportar hacia Reino Unido. Para registrar el EORI, se puede solicitar a través de la web de las autoridades aduaneras locales.

Cuando hablamos al código de clasificación, nos referimos al conocido código TARIC. Es conocido como código de productos básicos, se compone de 8 dígitos y permite a las aduanas identificar cada tipo de producto, el IVA o el tipo de derecho que se aplica a cada producto que se va a exportar. Puedes encontrarlo en este sitio web.

Siguiendo con las facturas a incluir, para realizar envíos de productos fuera de la Unión Europea es necesario aportar una factura comercial o proforma. Las facturas comerciales se emplean cuando los productos están relacionados con transacciones comerciales o reventa, y las facturas proforma cuando se envían productos sin valor comercial, como, por ejemplo, muestras. Ambas representan una declaración que indica toda la información acerca de las mercancías, que será utilizada por las autoridades aduaneras para evaluar los impuestos a pagar y los derechos.

Por el momento, desde SEUR no aceptamos facturas proforma, debido a que cada envío debe tener un valor comercial, pero en un futuro próximo anunciaremos su aceptación. Recuerda, además, que todas las facturas deben presentarse de manera telemática, no es necesario incluirlas físicamente, y no deben llevar IVA.

Por último, debemos mencionar que para exportar B2C de bajo valor hacia el Reino Unido, es necesario estar registrado en HMRC (Her Majesty’s Revenue and Customs) y solicitar el número VAT. Puedes obtener más información sobre y registrarte en HMRC en este enlace, y sobre el VAT en este enlace.

Para mantenerte informado sobre las últimas novedades relacionadas con el Brexit y los envíos entre España y Reino Unido, en la web de SEUR, nuestras redes sociales y blog corporativo podrás encontrar información de interés actualizada. En caso de consultas, por favor, ponte en contacto con tu comercial de zona para obtener el asesoramiento específico, o escríbenos a seur.brexit@seur.net.

Además, puedes solicitar asesoramiento experto gratuito sobre el Brexit para los envíos de tu empresa a través del siguiente enlace.


Tags: